Estudio de Pérdida Máxima Probable aplicable a las actividades TADE del Sector Hidrocarburos
¿Qué es un Estudio de
Pérdida Máxima Probable?
La Pérdida Máxima Probable o PML por sus siglas en inglés (Probable Maximum Loss) es un término utilizado por las empresas aseguradoras para definir el valor de la pérdida más grande que podría resultar de un desastre operativo dentro de una instalación o área determinada.
De
acuerdo con la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al
Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), encargada de regular y
supervisar la seguridad industrial, la seguridad operativa y la protección al
medio ambiente en las actividades del sector hidrocarburos, la Pérdida Máxima
Probable estima el valor económico en materia de responsabilidad civil y
responsabilidad por daño ambiental, ocasionado por la pérdida máxima probable
derivada de un evento en instalaciones cuyas actividades pertenezcan al sector
Hidrocarburos.
¿Por qué debo presentar un
Estudio de Pérdida Máxima Probable?
De
acuerdo con las Disposiciones Administrativas de carácter general que
establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que
deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte,
almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción,
regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos, los
Regulados por la ASEA que desarrollen dichas actividades, deberán contar con un
seguro obligatorio en materia de responsabilidad civil y responsabilidad por
daño ambiental, para hacer frente a daños o perjuicios que pudieran generar en
el desarrollo de sus actividades.
Es importante
destacar, que el Límite de responsabilidad que deberán contratar los Regulados
en materia de RC y RA para las actividades mencionadas, se deberá establecer de
conformidad con alguna de las siguientes alternativas:
- Límites de responsabilidad establecidos dichas Disposiciones, o
- Resultados de un estudio de Pérdida Máxima Probable elaborado por un Tercero Autorizado por la ASEA
Finalmente,
las actividades para las cuales las Disposiciones no establecen un Límite de responsabilidad
están sujetas a que el Regulado establezca su propio Límite de responsabilidad
a contratar dentro del seguro, de acuerdo con el resultado de un estudio de
Pérdida Máxima Probable mismo que deberá ser elaborado por un Tercero
Autorizado.
¿Sólo un Tercer Autorizado
puede realizar un estudio de Pérdida Máxima Probable?
Si, de
acuerdo con las Disposiciones Administrativas de carácter general previamente
mencionadas, solo los Terceros Autorizados por la Agencia podrán realizar
dichos estudios, asimismo, es posible conocerlos a través del Padrón de
Terceros publicado por la Agencia, mismo que puedes consultar a través del
siguiente enlace:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/780646/2022-11-28_PML-TADE_Padr_nTerceros.pdf
Finalmente cabe aclara
que, es de suma importancia que este tipo de estudios sean desarrollados por
Terceros Autorizados por la Agencia, pues se garantiza que el Autorizado es
especialista en la materia, asegurando la confiabilidad de la información
recopilada en gabinete y corroborada en campo, así como en las metodologías
empleadas para obtener el monto de la Pérdida Máxima Probable.
En GRUPO INGENII
contamos con un equipo de especialistas multidisciplinario, capaces de brindar
soluciones integrales en Medio Ambiente, Seguridad Industrial e Ingeniería.
Asimismo, somos Terceros Autorizados por la Agencia para realizar estudio de
PML TADE, por lo que, si requieres información específica o con mayor detalle,
no dudes en contactarnos a través de nuestras redes sociales, sitio web o
información de contacto que se adjunta en la presente entrada.
Referencias
Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de
Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. (2018, julio). DISPOSICIONES
Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el
requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que
realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución,
compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público
de hidrocarburos o petrolíferos. Diario Oficial de la Federación.
Contacto
Dirección: Av. Canal de Miramontes 2084, Oficina 103-104. Col.
Educación, Coyoacán, C.P. 04400, CDMX.
Teléfono: 55 2589 1260
Celular: 55 6127 6456
Correo: contacto@grupoingenii.com
Sitio web: https://www.grupoingenii.com/
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